¿Tenemos derecho a discriminar?

antisozzial
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¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por antisozzial »

¿Puedo discriminar a un negro, un homosexual, un gitano, a alguien de derechas, a un progresista, a una mujer , a un hombre?

Yo creo que si, de hecho durante nuestro dia a dia , todos discriminamos, colectivos o individuos, entonces si sucede esto, ¿Cual es el problema de discriminar a alguien ?
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Dosyogoro2
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por Dosyogoro2 »

Esto pasa por no tener claro los conceptos que separan la moralidad de lo jurídico o legislativo o social.

La moral que es autónoma, y tiene que salir de lo qué somos o vamos siendo (con todas nuestras interacciones, aprendizajes, formaciones, experiencias, etcétera), no es impuesta, sino que nosotros mismos la vamos construyendo, esta moral no puede mezclarse con el mismo sentir jurídico o legislativo o social que tengamos que es nuestro sentir de sancionar comportamientos.
  • La moral no sanciona, la moral simplemente nos permite no compartir (o compartir) con aquellos a los que vemos no tener alguna afinidad (ya sea la misma moralidad o no), si en estas decisiones hay daños colaterales no son intencionados.
    • Por ejemplo: si uno dejara a su pareja porque ella se ha costado con otro, no debería de ser un castigo o sanción o pena, sino que simplemente al no compartir una moralidad o forma de vida, uno decidiría dejar de compartir la vida con la que fuera la pareja, si hubiere daño sería colateral y no intencionado

      Mientras que lo jurídico sí es buscar un daño intencionado, una sanción, una pena a determinados comportamientos.
    La ley es heterónoma, en ambos sentidos, por eso es social, la imposición sale del trato o contrato entre los socios, no es sólo lo que los demás quieren imponer, es lo que uno mismo considera que debe de imponerse como norma que sancione, penalice, aquellos comportamientos que entendamos no se ajuste a derecho (lo que entendamos por justicia) y que debiera aparecer en la ley para marcar lo que se ajustaría al trato o contrato del marco del estadio legal, social, jurídico.

    Comprender la diferencia entre moralidad y ley (lo jurídico, de derecho, legislativo, social), entre esos diferentes estadios, nos permite igual diferenciar aquello que consideramos asuntos de libertades personales, intimidades, privacidades, morales, de lo que consideramos asuntos coercitivos, públicos, denunciantes (anunciar, contar), legales.
Uno tendría digamos derecho a "discriminar" en asuntos morales, porque ahí la sociedad no tiene derecho a entrometerse, de hecho no es una discriminación, porque al ser un asunto moral, uno no discrimina, sino simplemente decide libremente no compartir la vida con aquello que no quiere compartir su vida.

Lo que uno no tiene derecho es a discriminar legalmente (valga la redundancia, epíteto, pleonasmo, porque discriminar es un asunto legal) por asuntos de sexo, nacionalidad, raza, etnia, cultura, porque se ha demostrado que todo ello son accidentes que no son correlativos con comportamientos considerados delictivos y que se juzgan individualmente, o incluso cuando es de forma social, está demostrado y comprobado que esas características o propiedades no son correlativas con los delitos y por lo tanto no son procedentes para probar o demostrar nada sobre el delito en el juicio o de juzgar el delito tanto de hechos como en derecho (aplicar la ley).
  • Discriminar por ello, es decir, sancionar, penalizar, castigar, (sería una redundancia decir intencionadamente) a alguien por motivos de estos accidentes es delito precisamente porque atenta contra la libertad de seres humanos que por estos accidentes no se prueba, ni se demuestra que hayan cometido algún delito (lo que es algo -cometer un delito- indispensable para poder sancionar, castigar, o penalizar sus comportamientos probados como delitos).
Hay exposiciones, pensamientos, discursos del lenguaje que son incoherentes, lo que puede cambiar es que se cataloguen correctamente como incoherentes.
https://dosyogoro.wordpress.com/2024/03 ... itucional/
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socrates
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por socrates »

Dosyogoro2 escribió:Mientras que lo jurídico sí es buscar un daño intencionado, una sanción, una pena a determinados comportamientos.
Grave error.

La Ley no busca producir un daño intencionado, sino todo lo contrario. La Ley está para proteger, de daños, a la sociedad (a todos).
Las ideas gatillan acciones.
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Dosyogoro2
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por Dosyogoro2 »

Y para proteger de daños a la sociedad, lo que hace es sancionar o penalizar o restringir libertades a aquellos que hacen daño a la sociedad, por lo tanto la ley genera algún daño, y sino que se lo digan a quienes han estado en la cárcel o pagan multas o están o han ido a prisión.

Por lo demás me remito a lo expuesto sobre el punto de discernir el estadio moral del estadio jurídico.
Hay exposiciones, pensamientos, discursos del lenguaje que son incoherentes, lo que puede cambiar es que se cataloguen correctamente como incoherentes.
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socrates
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por socrates »

Dosyogoro2 escribió:Y para proteger de daños a la sociedad, lo que hace es sancionar o penalizar o restringir libertades a aquellos que hacen daño a la sociedad.
Por lo tanto la Ley es para proteger de daños.
Las ideas gatillan acciones.
antisozzial
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por antisozzial »

Discriminar puede discriminar cualquiera, colectivos que tienen la etiqueta de sufrir discriminación ¿Discriminan? Rotundamente si. un homosexual puede discriminar y esta en su derecho, es decir, yo puedo discriminar a un gay, pero el gay puede discriminarse a mi por ver como antinatural esta condición sexual
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Dosyogoro2
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por Dosyogoro2 »

Sí, claro, Sócrates yo no he expuesto lo contrario, lo que he expuesto es que para proteger a la sociedad, se acaba infligiendo un daño intencionado a aquellas personas que tienen comportamientos delictivos. (Es tu exposición la que ha negado este daño, y mi exposición lo que ha hecho es mostrarte que este daño se produce, ya sea multas, sanciones, penas, restricciones de libertades; podríamos hablar de que no es la intención primera, porque la intención primera es protegernos de comportamientos delictivos, pero indudablemente afligimos un daño a quienes sancionamos o multamos o penamos).

Reitero que discriminar (independientemente del juego de palabras, esto es que no entro a debatir a cómo llamar a qué, sino sobre el concepto más allá de cómo se le quiera llamar) no es un asunto moral, sino jurídico o legal.

Porque una persona no quiera compartir su vida con otra (tal que no sea simpático o amable o no mantenga ningún tipo de relación) es un asunto moral, y por lo tanto no hay ninguna discriminación.
  • Diferente es sí aplica una pena o daño, tal que entonces sí discrimina contra esa persona, es decir, aplica una acción social (legal o jurídica) para castigar a esa persona por lo que en diferentes casos o motivos se estime.

    Lo que ha probado y demostrado el derecho actual es que castigar a una persona por motivos de sexo, raza, nacionalidad, cultura, etnia es una aberración o absurdo sin sentido, tal que el derecho actual establece proteger esas libertades y derechos para castigar a quienes intenten castigar por esos motivos.

    La diferencia entre moralidad y legalidad -social o jurídico- (que no se refiere exactamente a tener leyes escritas) es precisamente el castigo o acción social (social porque es una relación entre dos o más humanos).

    Es diferente el trato (y cuando hablo de trato no sólo hablo de negociar, sino de tratarse, de relacionarse, de contactar con otros seres humanos) moral que se hace desde el interior, desde la autonomía, desde la libertad de cada uno y por lo tanto desde la libertad del otro (uno es libre en la medida que el otro sea libre, del respeto al otro); que el trato jurídico, legal o social que ya establece negociar, marcar que va a ser moral (libertad) en diferencia de lo que va a ser jurídico (normativo, que se pueda castigar).


Dosyogoro2 escribió:
Spoiler: show
Esto pasa por no tener claro los conceptos que separan la moralidad de lo jurídico o legislativo o social.

La moral que es autónoma, y tiene que salir de lo qué somos o vamos siendo (con todas nuestras interacciones, aprendizajes, formaciones, experiencias, etcétera), no es impuesta, sino que nosotros mismos la vamos construyendo, esta moral no puede mezclarse con el mismo sentir jurídico o legislativo o social que tengamos que es nuestro sentir de sancionar comportamientos.
  • La moral no sanciona, la moral simplemente nos permite no compartir (o compartir) con aquellos a los que vemos no tener alguna afinidad (ya sea la misma moralidad o no), si en estas decisiones hay daños colaterales no son intencionados.
    • Por ejemplo: si uno dejara a su pareja porque ella se ha costado con otro, no debería de ser un castigo o sanción o pena, sino que simplemente al no compartir una moralidad o forma de vida, uno decidiría dejar de compartir la vida con la que fuera la pareja, si hubiere daño sería colateral y no intencionado

      Mientras que lo jurídico sí es buscar un daño intencionado, una sanción, una pena a determinados comportamientos.
    La ley es heterónoma, en ambos sentidos, por eso es social, la imposición sale del trato o contrato entre los socios, no es sólo lo que los demás quieren imponer, es lo que uno mismo considera que debe de imponerse como norma que sancione, penalice, aquellos comportamientos que entendamos no se ajuste a derecho (lo que entendamos por justicia) y que debiera aparecer en la ley para marcar lo que se ajustaría al trato o contrato del marco del estadio legal, social, jurídico.

    Comprender la diferencia entre moralidad y ley (lo jurídico, de derecho, legislativo, social), entre esos diferentes estadios, nos permite igual diferenciar aquello que consideramos asuntos de libertades personales, intimidades, privacidades, morales, de lo que consideramos asuntos coercitivos, públicos, denunciantes (anunciar, contar), legales.
Uno tendría digamos derecho a "discriminar" en asuntos morales, porque ahí la sociedad no tiene derecho a entrometerse, de hecho no es una discriminación, porque al ser un asunto moral, uno no discrimina, sino simplemente decide libremente no compartir la vida con aquello que no quiere compartir su vida.

Lo que uno no tiene derecho es a discriminar legalmente (valga la redundancia, epíteto, pleonasmo, porque discriminar es un asunto legal) por asuntos de sexo, nacionalidad, raza, etnia, cultura, porque se ha demostrado que todo ello son accidentes que no son correlativos con comportamientos considerados delictivos y que se juzgan individualmente, o incluso cuando es de forma social, está demostrado y comprobado que esas características o propiedades no son correlativas con los delitos y por lo tanto no son procedentes para probar o demostrar nada sobre el delito en el juicio o de juzgar el delito tanto de hechos como en derecho (aplicar la ley).
  • Discriminar por ello, es decir, sancionar, penalizar, castigar, (sería una redundancia decir intencionadamente) a alguien por motivos de estos accidentes es delito precisamente porque atenta contra la libertad de seres humanos que por estos accidentes no se prueba, ni se demuestra que hayan cometido algún delito (lo que es algo -cometer un delito- indispensable para poder sancionar, castigar, o penalizar sus comportamientos probados como delitos).
Hay exposiciones, pensamientos, discursos del lenguaje que son incoherentes, lo que puede cambiar es que se cataloguen correctamente como incoherentes.
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Serge
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por Serge »

Otro diría que La Ley es para favorecer a la clase dominante. La Ley puede ser para cualquier cosa, pueden institucionalizarse la discriminación, la segregación, la esclavitud, etc. No creo que se pueda hablar de la intencionalidad de la ley sin caer en una teleologia. Con respecto a si la discriminación es un derecho; en eeuu hubo un caso conocido que causo mucha controversia. Una pareja se negó a preparar una torta para un matrimonio homosexual por sus creencias religiosas, como resultado fueron multados.
«Si»
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cátaro
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por cátaro »

"Discriminar" es confuso.

Deben haber ciudadanos de primera, segunda, etc... Y no en un sentido romano... más bien arcaico.

Siempre se da por hecho lo romano: el derecho como abuso. Desprecio.

Ejemplo radical. Los animales han de ser ciudadanos de 5a, y castigarse su hostigamiento fuertemente. Y, por lo que a mi respecta, dentro de los humanos las diferencias en cuanto dignidad en el tratamiento serían mínimas.

Esto que digo a más de uno le parecerá insulso. Que piense cómo se tacha de agresor a cualquiera que se salga del discurso. Así es como atenazan a una sociedad... debemos conocer estos psicologismod.
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Dosyogoro2
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Re: ¿Tenemos derecho a discriminar?

Mensaje por Dosyogoro2 »

Por fortuna no todo el mundo piensa jurídicamente como algunos retrógradas.

La discriminación es un asunto jurídico, legal o social, por lo tanto no tiene nada que ver con la moralidad. Moralmente no se tiene porque compartir la vida con quien uno estime que no quiere compartirla por razones morales, pero eso no es discriminar, es usar la libertad de cada cual.

Hoy en día se penaliza (se discrimina) la penalización (discriminación) que hacen algunos por motivos de raza, sexo, etnia, cultura, nacionalidad: porque gran parte de la sociedad así lo quiere en parte porque se ha probado y demostrado que esos accidentes no son correlativos con cometer (o no) delitos que como tales sí se consideran penables. Sin sanción, multa, pena, acción (valga el epíteto legal) no hay discriminación.

Dosyogoro2 escribió:
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Sí, claro, Sócrates yo no he expuesto lo contrario, lo que he expuesto es que para proteger a la sociedad, se acaba infligiendo un daño intencionado a aquellas personas que tienen comportamientos delictivos. (Es tu exposición la que ha negado este daño, y mi exposición lo que ha hecho es mostrarte que este daño se produce, ya sea multas, sanciones, penas, restricciones de libertades; podríamos hablar de que no es la intención primera, porque la intención primera es protegernos de comportamientos delictivos, pero indudablemente afligimos un daño a quienes sancionamos o multamos o penamos).

Reitero que discriminar (independientemente del juego de palabras, esto es que no entro a debatir a cómo llamar a qué, sino sobre el concepto más allá de cómo se le quiera llamar) no es un asunto moral, sino jurídico o legal.

Porque una persona no quiera compartir su vida con otra (tal que no sea simpático o amable o no mantenga ningún tipo de relación) es un asunto moral, y por lo tanto no hay ninguna discriminación.
  • Diferente es sí aplica una pena o daño, tal que entonces sí discrimina contra esa persona, es decir, aplica una acción social (legal o jurídica) para castigar a esa persona por lo que en diferentes casos o motivos se estime.

    Lo que ha probado y demostrado el derecho actual es que castigar a una persona por motivos de sexo, raza, nacionalidad, cultura, etnia es una aberración o absurdo sin sentido, tal que el derecho actual establece proteger esas libertades y derechos para castigar a quienes intenten castigar por esos motivos.

    La diferencia entre moralidad y legalidad -social o jurídico- (que no se refiere exactamente a tener leyes escritas) es precisamente el castigo o acción social (social porque es una relación entre dos o más humanos).

    Es diferente el trato (y cuando hablo de trato no sólo hablo de negociar, sino de tratarse, de relacionarse, de contactar con otros seres humanos) moral que se hace desde el interior, desde la autonomía, desde la libertad de cada uno y por lo tanto desde la libertad del otro (uno es libre en la medida que el otro sea libre, del respeto al otro); que el trato jurídico, legal o social que ya establece negociar, marcar que va a ser moral (libertad) en diferencia de lo que va a ser jurídico (normativo, que se pueda castigar).
Dosyogoro2 escribió:
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Esto pasa por no tener claro los conceptos que separan la moralidad de lo jurídico o legislativo o social.

La moral que es autónoma, y tiene que salir de lo qué somos o vamos siendo (con todas nuestras interacciones, aprendizajes, formaciones, experiencias, etcétera), no es impuesta, sino que nosotros mismos la vamos construyendo, esta moral no puede mezclarse con el mismo sentir jurídico o legislativo o social que tengamos que es nuestro sentir de sancionar comportamientos.
  • La moral no sanciona, la moral simplemente nos permite no compartir (o compartir) con aquellos a los que vemos no tener alguna afinidad (ya sea la misma moralidad o no), si en estas decisiones hay daños colaterales no son intencionados.
    • Por ejemplo: si uno dejara a su pareja porque ella se ha costado con otro, no debería de ser un castigo o sanción o pena, sino que simplemente al no compartir una moralidad o forma de vida, uno decidiría dejar de compartir la vida con la que fuera la pareja, si hubiere daño sería colateral y no intencionado

      Mientras que lo jurídico sí es buscar un daño intencionado, una sanción, una pena a determinados comportamientos.
    La ley es heterónoma, en ambos sentidos, por eso es social, la imposición sale del trato o contrato entre los socios, no es sólo lo que los demás quieren imponer, es lo que uno mismo considera que debe de imponerse como norma que sancione, penalice, aquellos comportamientos que entendamos no se ajuste a derecho (lo que entendamos por justicia) y que debiera aparecer en la ley para marcar lo que se ajustaría al trato o contrato del marco del estadio legal, social, jurídico.

    Comprender la diferencia entre moralidad y ley (lo jurídico, de derecho, legislativo, social), entre esos diferentes estadios, nos permite igual diferenciar aquello que consideramos asuntos de libertades personales, intimidades, privacidades, morales, de lo que consideramos asuntos coercitivos, públicos, denunciantes (anunciar, contar), legales.
Uno tendría digamos derecho a "discriminar" en asuntos morales, porque ahí la sociedad no tiene derecho a entrometerse, de hecho no es una discriminación, porque al ser un asunto moral, uno no discrimina, sino simplemente decide libremente no compartir la vida con aquello que no quiere compartir su vida.

Lo que uno no tiene derecho es a discriminar legalmente (valga la redundancia, epíteto, pleonasmo, porque discriminar es un asunto legal) por asuntos de sexo, nacionalidad, raza, etnia, cultura, porque se ha demostrado que todo ello son accidentes que no son correlativos con comportamientos considerados delictivos y que se juzgan individualmente, o incluso cuando es de forma social, está demostrado y comprobado que esas características o propiedades no son correlativas con los delitos y por lo tanto no son procedentes para probar o demostrar nada sobre el delito en el juicio o de juzgar el delito tanto de hechos como en derecho (aplicar la ley).
  • Discriminar por ello, es decir, sancionar, penalizar, castigar, (sería una redundancia decir intencionadamente) a alguien por motivos de estos accidentes es delito precisamente porque atenta contra la libertad de seres humanos que por estos accidentes no se prueba, ni se demuestra que hayan cometido algún delito (lo que es algo -cometer un delito- indispensable para poder sancionar, castigar, o penalizar sus comportamientos probados como delitos).
Hay exposiciones, pensamientos, discursos del lenguaje que son incoherentes, lo que puede cambiar es que se cataloguen correctamente como incoherentes.
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