¿Qué es la culpa?

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eltelegramon
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por eltelegramon »

Es logística de dinámica de sistemas. Es lógica causal. Lo que causa el problema es lo que tiene la culpa del problema. Cambiando la causa que tiene la culpa, se soluciona el problema.

La frase "De dónde a dónde según cuánto" Ayuda a analizar y plantear los problemas y las soluciones. Por ejemplo:

Uno diría: El problema es el cambio climático y la solución es que haya menos CO2 en la atmosfera.

Está bien, pero eso cómo se hace. Entonces analicemos: De combustibles fósiles a exceso de CO2 en la atmosfera, según el precio de los combustibles fósiles en comparación con el precio de las energías renovables.

Entonces ya sabemos algo más. La culpa del cambio climático la tiene el precio de la energía.

Desde energías renovables caras a energías renovables baratas ¿Según qué? ¿Qué tiene la culpa?
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xasto
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por xasto »

eltelegramon escribió: 16 Ago 2025, 18:55 Es logística de dinámica de sistemas. Es lógica causal. Lo que causa el problema es lo que tiene la culpa del problema. Cambiando la causa que tiene la culpa, se soluciona el problema.

La frase "De dónde a dónde según cuánto" Ayuda a analizar y plantear los problemas y las soluciones. Por ejemplo:

Uno diría: El problema es el cambio climático y la solución es que haya menos CO2 en la atmosfera.

Está bien, pero eso cómo se hace. Entonces analicemos: De combustibles fósiles a exceso de CO2 en la atmosfera, según el precio de los combustibles fósiles en comparación con el precio de las energías renovables.

Entonces ya sabemos algo más. La culpa del cambio climático la tiene el precio de la energía.

Desde energías renovables caras a energías renovables baratas ¿Según qué? ¿Qué tiene la culpa?
Estás utilizando el concepto de "culpa" como "causa" o "autoría", pero eso no es la culpa cuando hablamos de culpabilidad o responsabilidad delante de la justicia, o delante de Dios.

Si ha habido un accidente de tráfico, y alguien pregunta qué o quién ha causado el accidente, y se contesta que ha sido el coche rojo que se ha saltado un semáforo en rojo, mientras no se diga lo contrario, el coche rojo es la causa del accidente, pero todavía no se puede decir que es culpable. Si se sabe que el conductor no vio el semáforo por estar tapado por un árbol, entonces no es culpable. Si, por ejemplo, supiéramos que el conductor vio perfectamente el semáforo en rojo, pero aún así siguió adelante, entonces es cuando la justicia lo consideraría culpable. Es a ese tipo de culpa a la que se refiere cuando hablamos de determinismo y libre albedrío.
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eltelegramon
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por eltelegramon »

¿Quién tiene la culpa del cambio climático? ¿Estamos determinados a solucionarlo o no? ¿El libre albedrío es la solución? Las contestaciones a la pregunta ¿De dónde a dónde. según cuanto? para plantear los problemas y las soluciones, es una forma de saberlo. Se plantea así y la lógica causal lleva al pensamiento por un camino.
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Meta-Barón
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por Meta-Barón »

Yo creo que esto lo explica Euclides:

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Ya no hay intersección:

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Meta-Barón
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por Meta-Barón »

La aporía de Pitágoras: Dos catetos sin hipotenusa no forman ninguna figura.
Hipias
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por Hipias »

Yo diría que la idea de culpa no tiene un sentido unívoco, sino que es una idea análoga procesual, un género plotiniano que a partir de un núcleo primario se va desplegando en sus especies. El núcleo primario creo que es la idea de culpa religiosa, la impiedad. Las conductas realmente culpables eran las que provocaban que sobre la tribu recayera el castigo divino, y aquellas conductas culpables presentaban una causalidad supersticiosa o mágica en ocasiones provocada por el quebrantamiento de ritos, mitos o ceremoniales (como el ciervo sagrado de Artemisa a que da caza Agamenón y que provoca la furia de la diosa, que inhibe los vientos para que la flota aquea no pueda partir de Áulide hacia Troya, y que obliga al sacrificio de Ifigenia). Es la hybris que pervive en la religión griega y en la tragedia como el exceso desmesurado castigado por los dioses.

En las sociedades políticas históricas emergen las culpas resultantes del quebrantamiento de normatividades racionales que se ven configurando en su seno. Por ejemplo cuando las técnicas se abrieron paso en la ciudad con división del trabajo, pues nace la culpa del artesano que finaliza gravemente mal la obra. Y cuando las relaciones normativas éticas en la familia o la amistad se van secularizando nace la culpa ética ocasionada por el maltrato a un amigo o un pariente. O la culpa moral cuando alguien quebranta las normas, el orden o los fines de una institución social a que pertenece. También la culpa política cuando alguien perjudica a la patria o a la idea de patria que tiene (y cuando las ideas de patria son contrarrecíprocas, las ideas de culpa son cruzadas también). Sin olvidarnos de la culpa religiosa ante Dios que todavía sobrevive en ámbitos religiosos. Cuando estas culpas alcanzan un grado de gravedad que sobrepasa el límite que pone en peligro la recurrencia del orden socio-político, pues nace la culpa jurídica que engloba a todas las anteriores.

La culpa jurídica también es análoga. No es lo mismo la teoría de la culpa en derecho penal que en derecho civil, sobre todo porque en derecho civil la fuente de las obligaciones puede ser privada (un contrato), mientras que en derecho penal es la ley penal pública. En derecho la culpa podría definirse como la voluntariedad en la causación del perjuicio jurídico al bien jurídico protegido que la norma infringida defiende, una voluntariedad que incluye la prudencia de una manera muy próxima a como Aristóteles la entiende en la Ética a Nicómaco (Y esta definición así como la teoría de la culpa está muy desarrollada no solo en los textos legales, sino en la amplísima casuística de la jurisprudencia).

Y a mi juicio una idea filosófica de culpa tendría que atravesar todas sus especies, englobándolas sin por ello anular sus diferencias específicas. Su contenido tendría que rastrear los elementos ontológicos presentes en la praxis humana concebida en torno a ideas tales como ceremonia, institución o norma (la dinámica dialéctica de su symploké). Una cuestión de enorme complejidad.
Última edición por Hipias el 19 Ago 2025, 12:04, editado 2 veces en total.
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Dosyogoro2
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por Dosyogoro2 »

Buen aporte Hipias.

Por resumir consideraría que habría un sentido de culpa moral (llamo moral a aquellos comportamientos que sin compartir o compartiendo, no pertenecen al sentido jurídico, penal, sancionable, social, legislativo), y un sentido de culpa jurídico. Esto mismo ya es complejo. Porque igualmente podría parecer que hay sanciones morales¹, cuando no serían exactamente sanciones, sino un efecto colateral de un no compartir moral. O porque lo que es moral para unos es jurídico para otros, e incluso usar el argumento como defensa deshonesta, apelar a una moralidad de comportamiento cuando en verdad se piensa que se está siendo normativo o sancionador, lo cual puede ser considerado por la sociedad como un atentado de libertad y por lo tanto una penalización ilegal, tal que desde ser defendida la libertad atentada y por lo tanto sancionar la sanción o violencia.

Haber si lo explico bien, medianamente preciso, y con claridad.

La manera en que cada uno, y desde cada uno hacia la sociedad, se establezca lo que es moral frente a lo que es jurídico nos va a llegar a diferentes toma de partidos en asuntos jurídicos. Y nos posicionará sobre asuntos que consideremos de libertad (libertar moral), esto está claro, al decir que nos posiciona en asuntos jurídicos.

Lo que quiero es señalar el punto del debate, no posicionarme en el debate, el comprender el punto del debate ya es un avance.

Ejemplo: Una persona rompe la exclusividad sexual, la otra persona puede considerar que ese comportamiento es propio de libertad moral (no juzga el comportamiento de la otra persona), pero puede no compartir moralmente su comportamiento y entonces decide libremente no compartir su vida íntima con esa persona; esto es lo que mucha gente puede confundir como sanción, e intentar responder a ella, pero es sólo un efecto colateral de la moralidad no compartida. Esto pasa igualmente en el uso de la libertad de expresión, que hay quienes se quejan de no tenerla porque la gente usa su libertad de expresión para repulsar una expresión, esto no es ninguna sanción a la libertad de expresión del otro, es sólo exponer que no se comparte esa expresión o argumento. Pero el tema es complejo.

Fijemos un mundo en donde todos estamos de acuerdo en que es moral (de libertad moral) y que es jurídico (de intervención social). La culpa moral (sentirse culpable en estas situaciones) tendría que ver con que no tendríamos muy clara nuestra propia moralidad, o nuestra moralidad entra en conflicto con la moralidad de otra persona: Ejemplo: se quiere compartir la vida íntima con una persona, pero esa persona requiere exclusividad sexual, y no se comparte esa moralidad (en este ejemplo a día de hoy la sociedad considera que es un asunto moral -no hay una normatividad social; si empieza haberla cuando la sociedad considera que el trato entre ellos empieza a ser normativo y entonces se atentan contra sus libertades protegidas, evitando lo que se considera atentados contra libertad-), este conflicto genera culpas morales. Pero estas culpas morales no parece ser el asunto conceptual que plantea Xasto.

Xasto va más por el tema de la culpa jurídica, la culpa que conlleva alguna sanción, ya sea una sanción jurídica institucional, ya sea una sanción social -normativa social, que otra vez plantea si es un atentado contra libertad o es un comportamiento moral que no juzga o sanciona un comportamiento: ejemplo que un grupo de amigos no inviten a uno por ser mujeriego: ¿esto es sancionador o es no compartir moral?-.

En ese sentido, de culpa jurídica (intervención social) es en donde creo que tiene más sentido lo que relatas. Considero que lo que expones ya parte o tiene en cuenta que el sentido de culpa (tanto por asumir que se ha hecho algo mal y se legitima personalmente la intervención social, aún incluso uno huyera de tal intervención -no se es forajido, que es cuando uno no cree que haya hecho algo mal-, como la sociedad que te considera culpable) ya parte de que la consciencia no tiene un absurdo (nombrar y negar absurdos ya es un absurdo) que podríamos llamar libre albedrío o una absoluta culpabilidad (reitero que uso esas palabras para señalar un absurdo, no se puede concebir tal absurdo).

En este sentido de culpa, en donde expongo que una persona responsable es cuando tiene la capacidad de actuar para que la sociedad lo deje libre e independiente para poder realizar lo que considere moral (así una persona es responsable de cocinar o conducir, cuando la sociedad la deja libre e independiente de cocinar o conducir). Y una persona es irresponsable cuando no tiene esa capacidad y entonces la sociedad va a intervenir, lo va a custodiar, tutelar, vigilar, castigar o rehabilitar. https://www.sofosagora.net/viewtopic.ph ... 88#p370388

A lo largo de la historia el marco de responsabilidad-irresponsabilidad se va a ir corrigiendo (entran en juego más conocimientos, más razonamientos, más ciencias, más argumentos y relatos) en base al argumento jurídico de damnificante o atentante contra la libertad moral establecida.

Ésto por otra parte va a abrir muchas procedencias o temas o juicios o debates o exposiciones o relatos o argumentos: Cómo cuando la sociedad se da cuenta que no puede dejar en mano de unos pocos la capacidad de dilucidar el marco responsabilidad-irresponsabilidad, porque sino esos pocos van a legislar con un marco de privilegios a su favor; o que el marco de responsabilidad-irresponsabilidad no puede entonces tener un valor vengativo por una petición de principio absurda; o que el marco coaccionante tiene valor en comportamientos de poca relevancia dañina o irresponsable (el marco coaccionante funciona para personas irresponsables, pero poco irresponsables). Etcétera.


Por otra parte señalar, que creo que por lo expuesto por elitegramon, se tiene en cuanta en su exposición no tomar partido de un absurdo.

Y claramente no es lo mismo atropellar a alguien aun siendo responsable, que atropellarlo siendo irresponsable. En el primer caso se te puede seguir dejando conducir, en el segundo caso no se te puede dejar conducir porque eres un peligro para el resto (para la sociedad). El tema es que el hecho acontecido se pueda encausar a un sujeto, no implica que estemos diciendo que estemos aplicando una sanción al sujeto porque le demos al sujeto una propiedad absurda (contradictoria). El tema es sobre si ese sujeto es dañino para la sociedad (o irresponsable) tal que hay que tomar medidas de precaución, seguridad, protección (pero esto pasaría igual con elementos inconscientes o inertes), si es posible rehabilitar al sujeto o no (esto pasaría en algunos elementos inconscientes o inertes), si se puede coaccionar al sujeto o no (esto pasaría en algunos elementos de debate sobre consciencia -animales-), y por otra parte la de indemnizar a la víctima (esto pasaría igual con elementos inconscientes o inertes).

Se tiene que tener en cuenta Xasto, que una vez superado el tema, comprendido que hay una petición de principio sobre un absurdo. No se puede estar pidiendo negar el absurdo, porque negar un absurdo es absurdo. Como tampoco se puede establecer de forma prejuiciosa que todos los argumentos tenga que partir del absurdo que por ello serían absurdos.
Hay exposiciones, pensamientos, discursos del lenguaje que son incoherentes, lo que puede cambiar es que se cataloguen correctamente como incoherentes.
https://dosyogoro.wordpress.com/2024/03 ... itucional/
xasto
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por xasto »

Dosyogoro:

Xasto va más por el tema de la culpa jurídica, la culpa que conlleva alguna sanción, ya sea una sanción jurídica institucional, ya sea una sanción social -normativa social, que otra vez plantea si es un atentado contra libertad o es un comportamiento moral que no juzga o sanciona un comportamiento: ejemplo que un grupo de amigos no inviten a uno por ser mujeriego: ¿esto es sancionador o es no compartir moral?

No, no es por la culpa jurídica, aunque en algún caso sí puede ser. Me refiero al concepto que tienen las personas sobre "culpa" cuando se aplica como la "voluntariedad" de un acto delictivo y, por esa razón, se da permiso para odiarlo o desear venganza. El ejemplo más claro, es la idea de "culpa" en el cristianismo. Se trata de que por el hecho de que alguien haya pecado ya se merece padecer un sufrimiento independientemente de que el castigo pueda servir como mecanismo de disuasión o amedrentamiento: es el sufrir por el sufrir o, mejor, es la perversa satisfacción de contemplar sádicamente al pecador. Cuentan que se ha llegado a decir que uno de los placeres de las almas buenas que están en el cielo, es ver sufrir a las almas en el infierno quemándose eternamente. Quizás, el siguiente aporte de Sandra Jazmín Juárez, nos aclare algo más:

Culpa y castigo. Una explicación psicoanalítica.
Sandra Jazmín Juárez Hernández[a]

En principio –tanto para Locke como para Nietzsche- quien había causado un perjuicio merecía una pena, un castigo “y para impedir que los hombres atropellen los derechos de los demás, que se dañen recíprocamente, y para que sea observada la ley de la Naturaleza, que busca la paz y la conservación de todo el género humano, ha sido puesta en manos de todos los hombres, dentro de ese estado, la ejecución de la ley natural; por eso tiene cualquiera el derecho de castigar a los transgresores de esa ley con un castigo que impida su violación”[2] . La contribución de Nietzsche a esta, aparentemente simple, resolución es el problema de la severidad, la cual esta determinada por el grado de cólera que padecía el afectado. Es la cólera; es decir, la emotividad personal, “la apasionada fogosidad o la extravagancia ilimitada de su propia voluntad”[3] , y no la gravedad del perjuicio, la medida de la sanción. Entonces la sanción se convierte en una forma de venganza en la cual no hay otra regulación que el monto de afecto causado. Esta lógica esta regulada por el capricho, entendido como lo incierto, lo no regulado, lo impredecible.
El ejercicio de la justicia propone la búsqueda de una equivalencia entre perjuicio y castigo: “en el estado de Naturaleza, un hombre llega a tener poder sobre otro, pero no es un poder absoluto y arbitrario para tratar a un criminal, cuando lo tiene en sus manos (…); lo tiene únicamente para imponerle la pena proporcionada a su trasgresión, según dicten la serena razón y la conciencia; es decir, únicamente en cuanto pueda servir para la reparación y la represión. Estas son las dos únicas razones por las que un hombre puede infligir a otro un daño, y a eso es a lo que llamamos castigo”[4] . La solución para Locke parece sencilla: ceder el poder y la libertad individual a un tercero, al gobernante, porque él, al no ser afectado por la trasgresión, no se apasiona y castiga de acuerdo a la gravedad de la falta.
Coincidiendo con estas ideas, Nietzsche propone que la medida del castigo esta determinada por la gravedad del perjuicio, traduciéndolo en el ejercicio de la justicia; es decir, eliminar el afecto como determinador de la sanción, sólo de esta manera se puede confiar en que el trasgresor recibirá lo que merece, ni más, ni menos.
En un principio, se supone que bastaba con la restitución del bien o la propiedad para reparar un daño, pero ¿qué pasa con la vida humana? Esa no se restituye, por lo tanto se debe cobrar con la vida del otro. Lo que llama particularmente la atención es el hecho del castigo traducido en dolor físico del culpable y no precisamente la restitución del daño con bienes materiales. El dolor que se ofrece como compensación, como algo que se entrega para pagar o reparar un daño causado. Pero ¿De dónde viene esa idea?, ¿Cómo llega la humanidad a la solución del sufrimiento como única alternativa para la reparación de la culpa?, ¿Cómo puede el dolor del culpable tener el poder de restituir un daño?, y sobre todo, ¿En qué momento y de qué manera el propio ser humano se convence de que aun cuando nadie sepa de su trasgresión, el único camino para liberarse es el castigo del dolor?
El acreedor, perjudicado y ofendido porque no obtuvo pago sobre algo que entregó, cambia su displacer por un contra/goce. Esta transacción es posible porque el mayor bienestar que puede obtener un ser humano se deriva del ejercicio de la crueldad, como lo afirma Nietzsche: "La crueldad constituye en alto grado la gran alegría festiva de la humanidad más antigua, e incluso se halla añadida como ingrediente a casi todas sus alegrías…"[5] . Si lo pensamos un poco, podemos relacionar prácticamente todas las fiestas –tanto las paganas como las religiosas- con actos en los que el otro tiene que sufrir, ya sea como pago de algún crimen o como muestra de una superioridad casi divina. El dolor nos hace merecedores de algo bueno: la reivindicación o la gloria.
"Ver sufrir produce bienestar; hacer sufrir, más bienestar todavía - ésta es una tesis dura, pero es un axioma antiguo, poderoso, humano - demasiado humano, que, por lo demás, acaso suscribirían ya los monos; pues se cuenta que, en la invención de extrañas crueldades, anuncian ya en gran medida al hombre y, por así decirlo, lo "preludian". Sin crueldad no hay fiesta: así lo enseña la más antigua, la más larga historia del hombre - ¡y también en la pena hay muchos elementos festivos!"[6]
Hipias
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por Hipias »

Yo apuntaría dos cuestiones más en la valoración del grado de culpa por quien enjuicia el acto: la sinalogía o isología institucional de los implicados en el juicio de culpabilidad, y la licenciosidad o incontinencia en el acto culposo en términos de la Ética a Nicómaco.

Porque si el culpable se halla en situación de continuidad sinalógica con el perjudicado la fractura provocada por el acto culpable se refuerza (por ejemplo si mi esposa me resulta infiel a mí en la continuidad de la institución familiar en que ambos estamos integrados sinalógicamente, la apreciación que yo haga de su culpa será mucho mayor que si es la esposa de un conocido la que le ha resultado infiel a él con discontinuidad isológica entre la esposa infiel y yo mismo que desde la distancia aprecio el acto culposo). El acto culpable es el mismo, pero la posición relativa isológica o sinalógica respecto del mismo de quien lo enjuicia altera el contenido del juicio, y de su respuesta práctica.

Y luego está la diferencia entre el autor licencioso del acto culpable, que niega que halla culpa alguna en su acto, puesto que desde las ideas por las que éste resulta concebido no hay ninguna ilicitud en su contenido; y el incontinente, que comprende la naturaleza culpable del acto pero no lo ha querido evitar. A quien enjuicia el acto culpable, el licencioso le parece más culpable que el incontinente, toda vez que el primero ni siquiera comprende la naturaleza perversa de su acción.

Desde luego la enemistad más grande entre culpable y perjudicado se da cuando hay sinalogía y licenciosidad. En estos casos la ruptura de relaciones es inevitable.

Y sin ánimo de polemizar, añadiría que los aspectos psicológicos de la culpa son tan sólo una parte accidental subjetiva de los aspectos lógico-materiales objetivos, que son precisamente los determinantes de esos aspectos psicológicos. Pero cada uno piensa desde sus coordenadas, claro.
Última edición por Hipias el 19 Ago 2025, 18:35, editado 1 vez en total.
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Dosyogoro2
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Re: ¿Qué es la culpa?

Mensaje por Dosyogoro2 »

Xasto, pero es que eso que se llama culpa en lo que expones es absurdo, es una petición de principio absurda. Y negar un absurdo es igualmente absurdo, cuesta mucho negar un absurdo porque no hay ni nada que negar.

Lo que te expongo, es que ya hay muchísima gente que tiene superado ese absurdo. Y que cuando expone no expone desde ese absurdo. Y muchas veces hay lecturas que presuponen en prejuicio que se está exponiendo desde ese absurdo cuando no lo es.

¿Que todavía hay exposiciones que parten desde este absurdo? Sí, hay exposiciones que parten de una petición de principio absurda. Y hay que analizarlas y razonar en su desmonte porque parten desde una petición de principio absurda, y concluyen entonces absurdos.
Última edición por Dosyogoro2 el 19 Ago 2025, 14:09, editado 1 vez en total.
Hay exposiciones, pensamientos, discursos del lenguaje que son incoherentes, lo que puede cambiar es que se cataloguen correctamente como incoherentes.
https://dosyogoro.wordpress.com/2024/03 ... itucional/
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